Abril-Mayo del 2006
Volumen 2, Numero 1

888-IDEA-ADA
888-4332-232

En esta edición

·   Anuncios
·   Tema de Educación Especial:  Diciplina Bajo las nuevas leyes
·   Informacion actualizada en casos recientes y casos pendientes
·   Acerca de nosotros:

A2Z Educational Advocates representa familias con estudiantes que tienen programas de educacion especial a traves de la costa sur. Nuestras oficinas incluyen ambos, consejeros y abogados quienes trabajan en equipo-enfoque con familias atraves  de varias etapas de la planificación educacional y programas, incluyendo IEPs, Mediaciones y Audiencias del Proceso Debido.

Contactenos a

888-IDEA-ADA

www.a2zedad.com

inquiry@a2zedad.com

Administrador:  cassie@a2zedad.com

En Espanol:
luisa@a2zedad.com

Si usted desea recibir noticias en español porfavor precione aquí
 
*La información en este folleto de noticias de apoyo no son consideradas como consejo legal.

 

 

 

Noticias de apoyo

A2Z Anuncios y eventos recientes
 
A2Z prevaleció para un estudiante con autismo en un audiencia del proceso debido en contra del Distrito de la escuela de Fullerton!  Vea abajo para mas detalles.
 
A2Z aseguro un restablecimiento de servicios de ABA / DTT para un niño de 8 años con autismo, en dos dias de una Audiencia Justa en contra del Centro Regional de Lanterman!  Vea abajo para mas detalles.
 
Cambiamos de Oficina!  Nuestra nueva localidad está justo a unos minutos de Pacific Palisades.  Nuestra nueva dirección es:

A2Z Educational Advocates
881 Alma Real Drive, Suite 309
Pacific Palisades, CA 90272


Tema de Educación Especial: 
Decifrar los Procedimientos
Disciplinarios bajo IDEIA por Mandy Favaloro, Abogada

 
Cuando un estudiante con un  IEP es sujeto a procedimientos diciplinarios hay ciertas reglas que se aplican para el estudiante.  En algunas circunstancias es necesario para el equipo de IEP determinar si el incidente que ocasionó los actos disciplinarios eran una manifestación de una incapacidad del niño.  Si fue causado directamente por su incapacidad o fue causado por el error del distrito en aplicar el IEP. El distrito entonces tendrá una junta a la que se refieren como una determinación de manifestación.
 
Un distrito escolar no requiere de realizar una determinación de manifestación antes de suspender a un niño con un IEP o de cambiar su colocación por 10 días escolares o menos. Si un niño con un IEP sigue siendo suspendido y asciende a 10 dias sobre el curso del año escolar, el distrito debe tener una determinación de manifestación. El distrito debe tener una determinación de manifestación cuando la eliminación de un niño con un IEP de su colocación actual constituye un cambio de colocación durante más de 10 días.
 
Cuando el Distrito conduce una determinación de manifestación debe realizarse una junta en la cual se incluyen los padres miembros relevantes al equipo del IEP y otro personal calificado.  El distrito no puede tener una determinación de manifestación sin la opinion o información del padre.  Cuando deciden que el comportamiento fue una manifestación de la desabilidad del niño el equipo del IEP debe considerar toda la información relevante incluyendo evaluaciones y resultados de diagnosticos incluyendo los proveidos por los padres, observaciones del niño, y IEPs.
 
Si el equipo determina que la conducta del niño fue una manifestación de su desabilidad  el equipo del IEP debe de:
1)     Realizar una evaluación de comportamiento funcional e implementar un plan de intervención de comportamiento  para el ninño si este no se ha llevado a cabo anteriormente.    
O
2)     Si un plan de intervención de comportamiento ya ha sido creado, este debe de revisarse y modificarse con estos comportamientos.
El distrito entonces debe de colocar al niño de donde fue suspendido a menos que los padres y el distrito esten en mutuo acuerdo de proveer una nueva colocacón para el niño como parte de la modificación del plan de intervención del comportamiento.
 
Si se determina que el comportamiento no es por causa de su desabilidad, el distrito puede implementar procedimientos de disciplina pertinentes, que de otra manera  aplicaría a un niño sin una imcapacidad pero el distrito debe aún proveer al niño con FAPE aunque en otra colocacón y el niño aun debe recibir, si es apropiado, una evaluación funcional de comportamiento, y servicios de intervención del comportamiento y modificaciones para que el mal comportamiento no vuelva a ocurrir.
 
Aunque un niño no tenga un IEP pero el distrito tiene conocimiento de que el niño tiene una incapacidad antes de que el incidente ocurra.  El distrito tiene el conocimiento si el padre expresó sus preocupaciones en escrito de que el niño necesitaba educación especial  o solicitó una evalución.  Si usted esta preocupado de que su niño tenga una incapacidad, usted debe ponerlo por escrito.  Usted debe de documentar conversaciones telefónicas importantes, citas, Llamadas telefónicas con notas o cartas describiendo lo que pasó.


Casos Actualizados


El estudiante V. Distrito de Escuela de Fullerton:

A2Z prevaleció después de una Audiencia del Proceso Debido de 6 Días para un estudiante Autista de 7 años de edad contra el Distrito de la Escuela de Fullerton, que fue representado por el consejo.  Los asuntos incluyeron la colocación en Ambiente Menos Restrictivo (para sus siglas en ingles LRE), los servicios relacionados, y evaluaciones.  El juez determinó que el Distrito falló en proporcionar apoyos y servicios apropiados y suficientes para asegurar que el estudiante pueda tomar parte en la educación general como parte de su día. Los padres tenían derecho a un reembolso para financiar privadamente los servicios como educacion conpensatoria por el fallo del Distrito para proveer beneficio educacional. Las recomendaciones del evaluador privado de los padres con respecto a la colocación y servicios, deberán ser implementadas.

A.W. vs. Lanterman Regional Center:
 
A2Z tuvo éxito a asegurar el restablecimiento de ABA/los servicios de DTT para un de 8 años de edad con Autismo, en una decisión seguida de 2-dias de  una Audiencia Justa en contra de el Centro Regional de Lanterman. El (ALJ) juez encontró que el Centro Regional no tenía información suficiente acerca del niño para determinar que una reducción se justificó. Además de un restablecimiento de 6 horas por semana de servicios, el (ALJ) juez ordenó que una evaluación específica del análisis de comportamiento para determinar si las horas adicionales eran apropiadas, y cómo los servicios deben ser utilizados. La sugerencia de los padres y las metas para su niño debían ser tomadas en cuenta en esta evaluación.

 


DEJENOS CONTESTARLE SUS PREGUNTAS. Llame al 888 IDEA-ADA (888-4332-232), o envie su correo electrónico a inquiry@a2zedad.com para mas información.

Para ser removido de nuestra llista de correos electrónicos, envienos el siguiente mensaje a
news@a2zedad.com
y escriba: unsubscribe advocacy1

Derecho de autor © 2006 A2Z Educational Adcocates. Todos los derechos estan reservados.